Título: Las vías y carreteras ubicadas dentro de la ciudad, que no son enviadas ni reportadas al gobierno, implementan un sistema particular que se utiliza para la entrega y distribución de paquetes y encomiendas. 

 

El 2 de febrero del año 2006, se llevó a cabo la aprobación de una legislación importante que confiere al Estado panameño la titularidad sobre todos los caminos, tramos de vías y servidumbres urbanas que han sido construidos en el territorio de Panamá, a excepción de aquellos que ya hayan sido cedidos a las autoridades correspondientes. 

 

Tienen la habilidad y la competencia necesarias para llevar a cabo el mantenimiento y realizar las reparaciones utilizando este método. 

 

Esta regulación legal otorga al Ministerio de Obras Públicas la autoridad necesaria para asumir la responsabilidad de llevar a cabo todas las funciones relacionadas con la conservación y restauración de los productos que han sido fabricados en nuestro país. 

 

Debido a la existencia de esta ley, no generarán inconvenientes a los habitantes de la zona, ya que se encuentran ausentes los caminos que podrían causar tales situaciones. 

 

La legislación actual subraya la importancia de otorgar una exención fiscal respecto a los impuestos sobre la propiedad que se aplican a los terrenos que son transferidos al estado. 

 

Además de lo mencionado, se establece la necesidad de que tanto la Administración Tributaria como el Ministerio de Economía y Finanzas tomen decisiones relacionadas con la exención del impuesto predial de manera inmediata y sin llevar a cabo un extenso debate, salvo en los casos específicos en los que se produzca una transferencia del estado y esta situación se incluya en el correspondiente certificado de paz. 

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