Título: Las vías y carreteras
ubicadas dentro de la ciudad, que no son enviadas ni reportadas al gobierno,
implementan un sistema particular que se utiliza para la entrega y distribución
de paquetes y encomiendas.
El 2 de febrero del año 2006, se
llevó a cabo la aprobación de una legislación importante que confiere al Estado
panameño la titularidad sobre todos los caminos, tramos de vías y servidumbres
urbanas que han sido construidos en el territorio de Panamá, a excepción de
aquellos que ya hayan sido cedidos a las autoridades correspondientes.
Tienen la habilidad y la competencia
necesarias para llevar a cabo el mantenimiento y realizar las reparaciones
utilizando este método.
Esta regulación legal otorga al
Ministerio de Obras Públicas la autoridad necesaria para asumir la
responsabilidad de llevar a cabo todas las funciones relacionadas con la
conservación y restauración de los productos que han sido fabricados en nuestro
país.
Debido a la existencia de esta ley,
no generarán inconvenientes a los habitantes de la zona, ya que se encuentran
ausentes los caminos que podrían causar tales situaciones.
La legislación actual subraya la
importancia de otorgar una exención fiscal respecto a los impuestos sobre la
propiedad que se aplican a los terrenos que son transferidos al estado.
Además de lo mencionado, se establece
la necesidad de que tanto la Administración Tributaria como el Ministerio de
Economía y Finanzas tomen decisiones relacionadas con la exención del impuesto
predial de manera inmediata y sin llevar a cabo un extenso debate, salvo en los
casos específicos en los que se produzca una transferencia del estado y esta
situación se incluya en el correspondiente certificado de paz.
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